La revista de la DGT elaboró una lista de las infracciones más habituales en España… muchas de ellas parecen inofensivas, pero en realidad pueden poner en peligro tu vida y la de los demás, nunca está de más repasarla, más aún cuando esperamos realizar largos recorridos
Neumáticos en mal estado
Circular con los neumáticos en mal estado, No solo es una irresponsabilidad, sino además un grave descuido que, con un poco de suerte, te podría costar una multa inesperada.
Circular con neumáticos desgastados o con la presión inadecuada, se traduce en una pérdida significativa de adherencia y en un gasto adicional de combustible.
Cuando la profundidad del dibujo del neumático es inferior a 1,6 mm en los turismos se infringe el artículo 12 del Reglamento General de Vehículos y, como infracción grave, acarrea una sanción de 200 euros… por cada una de las ruedas en mal estado.
Deficiencias en el alumbrado
Ver y ser vistos. Es la funcionalidad del alumbrado de cualquier vehículo, por lo que resulta evidente la necesidad de tener en buen estado el sistema de iluminación y saber utilizarlo de forma conveniente en cada momento del día o en diferentes condiciones ambientales.
No hacerlo vulnera el artículo 12 del Reglamento General de Circulación, siendo una infracción grave multada con 200 euros.
No reducir la velocidd
Aquí por supuesto no se habla de exceder el límite de velocidad, otra de las infracciones habituales.
Desde la DGT explican que también es una infracción no reducir la velocidad en aquellos casos que lo requieran: pasos de peatones, colegios, paradas de autobús, zonas residenciales… Si es necesario, es obligado incluso detener el vehículo para evitar atropellos.
No hacerlo es una infracción grave recogida en el artículo 3 del Reglamento de Conductores con multas de hasta 260 euros.
No poner el intermitente
Todos en España podemos entonar el mea culpa, al parecer el intermitente sigue siendo un gran desconocido.
No señalizar una maniobra con el uso del intermitente se ha convertido en una negligencia muy extendida entre conductores de cualquier tipo de vehículo, lo que pone en riesgo al resto de los integrantes de la circulación.
Está de más recordaros que su uso es siempre obligatorio y olvidarlo supondrá una multa de 200 euros por una infracción grave detallada en el artículo 108 del Reglamento de Circulación.
Circular por el carril izquierdo
Otro hábito que todos estamos más que acostumbrados a observar… y muchos a poner en práctica.
En vías interurbanas de más de un carril, autovías y autopistas, estamos obligados a circular siempre por la derecha, por lo que no hacerlo contraviene como infracción grave el artículo 31 del Reglamento General de Circulación y se sanciona con 200 euros de multa.
Detenerse en una parada de autobus
Detenerse y por supuesto estacionar en los espacios destinados a las paradas del transporte público no sólo representa una falta de respeto hacia sus usuarios, también puede crear situaciones de peligro al obligar a los peatones a invadir la calzada con el consiguiente riesgo de atropello.
Seamos conscientes, no es solo una falta de civismo y un irrespeto a los ciudadanos, es también una infracción grave al artículo 94 del Reglamento General de Circulación, con idéntica sanción de 200 euros.
NO HACER BIEN UN STOP
Los STOP se ubican en intersecciones especialmente delicadas, por ello se exige a los conductores una detención total del vehículo y no una simple cesión del paso.
Si se interfiere la marcha del vehículo que tiene la prioridad en el cruce se comete una infracción grave sancionada con 200 euros y cuatro puntos del carnet.
Cargas mal fijadas
Los vehículos que trasladen objetos en el exterior de zonas de carga deberán llevarlos perfectamente fijados para evitar que puedan caer a la calzada.
Una infracción más frecuente entre los destinados a los de transportes de mercancías (material de construcción, escombro, restos de jardinería…) pero también entre quienes hacen uso de vacas.
No asegurarlos de forma correcta se considera muy grave y se sanciona con 500 euros, como indica el artículo 14 del Reglamento General de Circulación.
Abrir las puertas sin mirar
Otra costumbre de altamente peligrosa, sobre todo para los usuarios de la vía más vulnerables como bicicletas o motos.
Abrir la puerta del coche sin comprobar previamente que no se pone en riesgo la circulación del resto de los vehículos se cataloga como infracción grave, sancionable con 260 euros (artículo 114 del Reglamento General de Circulación).
Estacionar en la acera
Estacionar en los espacios destinados a los peatones es una ausencia clamorosa de civismo que puede obligar a los usuarios de la misma a invadir la calzada.
Y no, usar los warnings no son una especie de salvoconducto que te permite invadir el espacio de los peatones. Tomadlo en cuenta en los lugares donde suele ser especialmente complicado aparcar.
Utilizar estas zonas, aunque sea un momento, puede suponer 200 euros de multa, como una infracción grave que se señala en el artículo 94 del Reglamento General de Circulación.